Es un conjunto de
instituciones, normas y personas que permiten la planificación, recaudación y
administración de los tributos que tienen por finalidad financiar las
actividades económicas del estado.
ELEMENTOS
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Está conformada por
el conjunto de instituciones encargadas de la recaudación de tributos para el
gobierno central y gobierno local.
La Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
Es un organismo técnico especializado adscrito al MEF. Ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo sus funciones.
Es un organismo técnico especializado adscrito al MEF. Ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo sus funciones.
Municipalidades, administran exclusivamente los impuestos, las
contribuciones y las tasas municipales a través de sus órganos recaudadores. El
Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) y la Empresa Municipal
Administradora de Peaje (EMAPE)
NORMAS TRIBUTARIAS, Son el
conjunto de disposiciones legales a través de las cuales se regula la
aplicación de medidas de carácter tributario. Entre ellas tenemos el Código
Tributario y la Ley del Impuesto a la Renta.
POLÍTICA TRIBUTARIA
Es el conjunto de
medidas que se aplican para orientar y dirigir el sistema tributario y la
recaudación. Es diseñada por el MEF.
LOS TRIBUTOS
Son las prestaciones
de dinero que el Estado exige en ejercicio de su poder. El código tributario
rige las relaciones jurídicas originadas por los tributos. Existen tres clases de tributos:
Los impuestos,
las contribuciones y las tasas.
EL IMPUESTO, es el tributo cuyo pago no origina por parte del
estado una contraprestación directa a favor del contribuyente. Entre estos
tenemos:
Es un impuesto
directo que grava los ingresos de las personas naturales y jurídicas. Existen
cinco categorías:
Impuesto general a las ventas
Es un impuesto
indirecto que grava las siguientes operaciones:
- La venta en el
país de bienes muebles
- La prestación o
utilización de los servicios en el país
- Los contratos de
construcción
- La primera venta de
inmuebles que realicen los constructores de los mismos.
- La importación de
bienes.
La tasa del impuesto
general a las ventas es del 16%, a dicha tasa se le incrementa un dos por
ciento (2%) por el impuesto de promoción municipal (art. 76 de la Ley de Tributación
Municipal).
Impuesto selectivo al consumo
Este impuesto grava:
- La venta en el
país a nivel de producción y la importación de bienes específicos
- La venta en el
país por el importador de bienes específicos. Es el impuesto que se aplica solo
a los producción o importación de determinados productos como cigarrillos,
licores, cervezas, gaseosas, combustibles,…
Impuesto a la importación (arancel)
Es el derecho
aplicado al valor de las mercancías que ingresan al país, contenidas en el
arancel de aduanas.
Impuesto único simplificado o registro único
simplificado (RUS)
Es un régimen simple
y promocional de la pequeña y micro empresa. Establece un pago único por el
impuesto a la renta y el IGV (incluyendo el impuesto de promoción municipal)
para las personas naturales que desarrollan actividades generadoras de rentas
de tercera categoría (pequeños negocios e industrias, bodegas, bazares, …)
Impuesto al rodaje
Es el impuesto que
grava la importación y la venta en el país de las gasolinas, es un tributo
nacional que se transfiere al fondo de compensación municipal, actualmente está
incluido en el precio de venta al público de la gasolina.
Impuesto de promoción municipal
Es el impuesto que
grava las mismas operaciones sobre las cuales recae el IGV. Es un tributo
nacional creado a favor de las municipalidades, su rendimiento forma parte del
Fondo de compensación municipal (Foncomun).
Impuesto predial
Es el impuesto que
grava el valor de los predios urbanos y rústicos. La recaudación, la
administración y la fiscalización del impuesto corresponden a la municipalidad
distrital donde se encuentra ubicado el predio.
Impuesto al patrimonio vehicular
Grava la propiedad de
los vehículos, automóviles, camionetas, camiones, bus y ómnibus durante 3 años,
contados a partir del año siguiente al que se realizó la primera inscripción en
el Registro de Propiedad Vehicular.
Impuesto de alcabala
Graba las
transferencias de inmuebles urbanos y rústicos, a título oneroso o gratuito,
cualquiera sea su forma o modalidad, quien paga es el comprador del
inmueble.
LAS CONTRIBUCIONES
Son tributos cuyo propósito
es generar beneficios derivados, pero futuros para el contribuyente. Entre estos
tenemos la contribución al SENATI, SENCICO, ESSALUD Y ONP.
LAS TASAS
Es el tributo que se
paga como consecuencia de la prestación efectiva de un servicio público
individualizado en el contribuyente por parte del estado.
CLASES
a. Arbitrios, son los pagos
que se realizan por mantenimiento o prestación de un servicio publico
b. Derechos, Son los pagos
por la prestación de un servicio administrativo público o el uso o
aprovechamiento de bienes públicos
c. Licencias, son los
pagos por la obtención de autorizaciones específicas para la realización de
actividades de provecho particular, sujetas a control o fiscalización
Los tributos se dirigen a:
GOBIERNO CENTRAL: Impuesto a la renta, IGV, impuesto selectivo al consumo, RUS, EsSalud,
ONP, derechos arancelarios (administrados
por la SUNAT)
GOBIERNOS LOCALES: impuesto predial, impuesto a la alcabala, impuesto a los juegos,
impuesto a las apuestas, impuesto al patrimonio vehicular.
PARA OTROS FINES: contribución al SENATI, contribución
al SENCICO.
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